Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo impuesto a viviendas vacías en Andorra, requisitos, obligaciones y cómo evitar sanciones fiscales.
Vivienda Desocupada en Andorra: El Nuevo Escenario Impositivo

En los últimos años, Andorra ha experimentado un notable incremento en la demanda de viviendas, especialmente con la llegada de nuevos residentes con alto poder adquisitivo e inversores internacionales. Esta presión sobre el mercado inmobiliario ha generado dificultades de acceso a la vivienda habitual para los residentes locales.
Ante esta situación, el Gobierno andorrano ha aprobado una medida fiscal específica: el Impuesto sobre las Viviendas Vacías (IHB).
Analizamos en detalle la naturaleza, objetivos, estructura legal e implicaciones de este nuevo impuesto, así como sus posibles consecuencias económicas y sociales a medio y largo plazo.
Contexto y justificación del IHB
El mercado inmobiliario andorrano se encuentra en un momento de gran tensión. La escasa oferta de alquiler, junto con la presión especulativa y el mantenimiento de inmuebles desocupados como inversión, ha provocado un aumento sostenido de los precios. En este contexto, el Gobierno ha decidido promover el uso efectivo de las viviendas disponibles como medida para combatir la crisis habitacional.
El IHB nace, por tanto, como un instrumento de política pública para incentivar la movilización de viviendas vacías hacia el mercado de alquiler o venta. Además, responde a criterios de justicia fiscal: gravar a quienes mantienen recursos infrautilizados en un momento de necesidad colectiva.
Definición y base legal del impuesto
El Impuesto sobre las Viviendas Vacías es un tributo creado por la Ley de Medidas Urgentes en Materia de Vivienda, aprobada por el Consell General de Andorra. Se trata de un impuesto de carácter anual que recae sobre los propietarios de viviendas que permanecen desocupadas durante más de 6 meses consecutivos en un periodo de 12 meses naturales.
¿Quién debe pagar el IHV?Todos aquellos propietarios, personas físicas o jurídicas, con viviendas vacías registradas como tales y que no acrediten un uso efectivo o una causa justificada de inactividad.
Criterios para considerar una vivienda como “vacía”
Según la normativa vigente, se considera “vacía” una vivienda que:
No ha sido habitada de forma efectiva durante más de 180 días al año.
No ha sido alquilada ni ofertada de forma real y verificable en el mercado de alquiler.
No cuenta con causas de fuerza mayor o de infrahabitación que justifiquen su desocupación (por ejemplo, obras de rehabilitación, procesos judiciales o herencias pendientes).
Exenciones:
Viviendas utilizadas como segunda residencia (con uso habitual acreditado).
Inmuebles de nueva construcción durante el primer año desde la obtención del certificado de habitabilidad.
Viviendas cedidas temporalmente a ONG o entidades sociales.
Cálculo de la cuota tributaria
La cuota se calcula en base a la superficie útil de la vivienda y una tarifa fija determinada por tramos. Este sistema pretende garantizar la proporcionalidad entre el impacto del gravamen y la capacidad económica del contribuyente.
Ejemplo de tarifa estimada (sujeta a revisión anual):
Hasta 60 m²: 10 €/m²
De 61 a 120 m²: 15 €/m²
Más de 120 m²: 20 €/m²
Así, una vivienda de 100 m² considerada “vacía” pagaría aproximadamente 1.500 € anuales.
Destino de los fondos
Los ingresos provenientes del IHB no tienen una finalidad meramente recaudatoria, sino que se destinan específicamente a políticas de vivienda pública y programas de ayuda al alquiler. Esta finalidad vinculada aumenta la legitimidad social del impuesto y refuerza su función redistributiva.
Impactos esperados
Incentivo para el alquiler de viviendas actualmente desocupadas.
Aumento de la oferta disponible en el mercado, con posible moderación de precios.
Generación de recursos para financiar vivienda asequible.
Impulso a la rehabilitación y valorización del parque inmobiliario existente.
Comparativa con otros países
Andorra no es pionera en esta materia. Países como Francia, España o Canadá ya cuentan con figuras fiscales similares para penalizar la vivienda vacía.
En Barcelona, por ejemplo, el Ayuntamiento puede aplicar recargos de hasta el 150 % del IBI a viviendas desocupadas sin justificación. Esto refleja una tendencia global a penalizar la infrautilización del parque inmobiliario en contextos de tensión residencial.
¿Cómo cumplir con el Impuesto sobre las Viviendas Vacías (IHB)?
Para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento normativo, los propietarios de viviendas potencialmente sujetas al IHB deben seguir varios pasos:
Verificar el estado de la vivienda: Comprobar si el inmueble cumple con los criterios para ser considerado “vacío” según la ley.
Acreditar el uso efectivo: Si la vivienda ha estado ocupada o ofrecida en alquiler, es importante conservar justificantes como contratos, facturas de suministros o publicaciones de anuncios.
Inscripción en el registro de viviendas vacías: Para cumplir con este impuesto, los propietarios deben inscribir sus propiedades en el registro de viviendas vacías. Esta inscripción debe realizarse dentro de los dos meses posteriores a que la vivienda se considere vacía según la normativa. Una vez completado el trámite, la administración asigna a la vivienda un Número de Identificación del Inmueble (NIH).
Presentar declaración: Los sujetos pasivos deberán presentar una declaración específica ante la Administración tributaria andorrana, indicando ubicación, superficie y estado de ocupación del inmueble.
Solicitar exenciones si corresponde: Si existen causas justificadas de desocupación, se puede presentar documentación para solicitar la exención.
Pago de la cuota: Si se confirma la obligación tributaria, se deberá abonar la cuota dentro de los plazos establecidos anualmente.
¿Cómo puede ayudarte PSF?
Entre sus principales aportaciones se encuentran:
Análisis personalizado del caso: Determinamos si tu vivienda está sujeta al impuesto y buscamos vías legales para justificar su desocupación.
Gestión documental y presentación de declaraciones: Nos encargamos de preparar y presentar todos los documentos requeridos por la administración fiscal..
Optimización fiscal: Proponemos estrategias para reducir la carga fiscal general mediante la valorización del patrimonio inmobiliario.
Para más información puedes contactar con nosotras a través del formulario de contacto.
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