Beneficios fiscales de Andorra

Simplicidad y baja presión Fiscal

Andorra es uno de los destinos populares de Europa con más inversión extranjera gracias a su normativa fiscal.

No hay impuesto de Sucesiones ni impuesto sobre el patrimonio.

Las empresas están sujetas a los siguientes impuestos: el impuesto de sociedades (IS), el IRPF que afecta al titular de la empresa, y uno indirecto que es el IGI.

Beneficios fiscales de Andorra

Impuestos y contribuciones en Andorra

El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)

Este impuesto grava a la actividad profesional de los titulares de las empresas o de los que residan más de 183 días al año en el principado

  • 0% - hasta 24.000 € anuales
  • 10% - a partir de 24.000 € anuales

El impuesto general indirecto (IGI), es el más bajo de Europa con un 4,5%

Sería el equivalente al impuesto español (IVA), se aplica sobre el importe de la prestación de servicio o producto y no se regstra en el comercio internacional.

El impuesto de Sociedades con un tipo máximo del 10%

  • El IS grava los beneficios realizados por la empresa
  • No graba los Holdings que tienen acciones a otras empresas fuera del principado, gracias al acuerdo bilateral entre Andorra y Liechtenstein, Luxemburgo, España, Francia y Portugal contra la doble imposición fiscal

Las empresas sujetas a un 2% de Impuesto de Sociedades

Son aquellas que desarrollan actividades de comercio, inversión y financiación internacional o gestión de activos intangibles

El Impuesto sobre la renta de los NO residentes (IRNR) es de un 10% de la renta percibida:

Los no residentes,  como son los trabajadores fronterizos que viven en España o en Francia y que ejercen su actividad profesional en Andorra o las personas que trabajan puntualmente en Andorra, están sujetos a la fiscalidad andorrana vía IRNR que sería del 10% de la renta percibida

Las contribuciones a la Seguridad Social se encuentran de las más bajas de Europa

El Impuesto sobre las plusvalías de bienes inmuebles andorranos

Este impuesto grava la venta de un inmueble y varía su porcentaje dependiendo de los años que haya sido propiedad del vendedor. El Gobierno efectúa una retención del 5% del importe de la plusvalía durante un periodo de 3 a 6 meses para verificar que no existen sanciones administrativas y para controlar el valor del bien declarado.

¿Cómo se calcula la Plusvalía?

  • Venta dentro del 1º año - 15%
  • Venta dentro del 2º año - 13%
  • Venta dentro del 3º año - 10%
  • Venta dentro del 4º año - 9%

A partir del 4º año la tasa disminuye en un 2% anual, lo que significa que la propiedad está libre de impuestos después de los 10 años de propiedad.

En resumen

SOCIEDADES

10%

Impuesto de sociedades

RENTA

10%

Impuesto sobre la renta

IRPFImpuesto sobre la renta de las personas físicas

0%

hasta 24.000 €

10%

de 24.001 € - 40,000 €

IVA

4,5%

Impuesto del valor añadido (IVA) más bajo de toda Europa.

SUCESIONES Y HERENCIAS

0

No hay impuestos sobre sucesiones o herencias y las contribuciones a la seguridad social se encuentran entre las más bajas de Europa

INMUEBLESImpuesto sobre las plusvalías sobre bienes inmuebles andorranos

0 - 15%
  • Tipo del 15% hasta 1 año
  • Tipo del 14% a partir de 1 año
  • Tipo del 13% a partir de 2 años
  • Tipo del 12% a partir de 3 años
  • Tipo del 10% a partir de 4 años
  • Tipo del 8% a partir de 5 años
  • Tipo del 6% a partir de 6 años
  • Tipo del 4% a partir de 7 años
  • Tipo del 2% a partir de 8 años
  • Tipo del 1% a partir de 9 años
  • Tipo del 0% a partir de 10 años

A partir del cuarto año, la tasa disminuye en un 2% anual, lo que significa que la propiedad está libre de impuestos después de 10 años de propiedad