Así funciona el IRPF en Andorra
A través de los años hemos visto como grandes figuras famosas han escogido el Principado como su lugar de residencia por estas cuestiones, a pesar de que en los últimos años es cuando más relevancia ha tenido.
Todo ello sin mencionar la lista de youtubers e influencers que también han tomado la decisión
Es posible que, entonces, tengas la siguiente duda: ¿de verdad merece tanto la pena vivir en Andorra por el tema económico?
Es normal que te lo preguntes, y la respuesta es que sí.
Vivir en Andorra trae consigo muchísimas ventajas, pero sin duda una de las que más llama la atención es su manera de tributar los impuestos —aunque en cuanto vivas aquí dos meses, te enamorarás tanto de la naturaleza, que lo otro pasará a un segundo plano—.
Por eso, hoy nos queremos centrar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que te puedes imaginar que es un poco distinto en este país.
Si estás acostumbrado a tributar en España, te darás cuenta de que aquí se hace de manera muy diferente al resto de países europeos, lo cual también lo hace de lo más interesante.
En España deben retener el IRPF en sus facturas, los autónomos dados de alta en la segunda y tercera sección del epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (actividades profesionales y actividades artísticas) y todos los trabajadores asalariados deben retener IRPF en su nómina.
En Andorra, sin embargo, el IRPF no existe para salarios inferiores a los 24.000 euros. A partir de esa cantidad, el IRPF se mantendrá en un 10%, mientras que en España se encontraría en un 37%.
Y sí, ese 10% es la tasa más elevada de Andorra, cuando en España la tasa más alta ronda en el 50%.
Es una diferencia abismal que se debe tener en cuenta al tener un negocio, sin ninguna duda.
Y aunque esto ya te parezca que es una gran ventaja, también es fundamental tener en cuenta que existen una serie de exenciones en Andorra.
Mira.
- Exención de los primeros 3.000€ en concepto de rendimientos de inversiones.
- Exención del 100% de los primeros 24.000€ en concepto de rendimientos del trabajo, y deducción del 50% del siguiente tramo de 16.000€.
- Exención total de los dividendos emitidos por una sociedad andorrana y percibidos por un residente andorrano.
- Sin retención de impuestos sobre los dividendos de empresas andorranas para no residentes.
Si estás a punto de dar el paso, escríbenos para contarte todo lo que podríamos hacer para ayudarte y que este paso sea lo más agradable y sencillo posible.